El juez Mario Velázquez homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a un oficial y un agente por falsedad ideológica, falso testimonio y participación en lesiones leves. Los hechos ocurrieron en marzo de 2023.
El juez Mario Velázquez homologó un acuerdo de juicio abreviado mediante el cual dos efectivos policiales admitieron su responsabilidad por hechos ocurridos en Monteros. El oficial principal William Martínez y el agente Santiago Barrionuevo fueron condenados por falsedad ideológica, falso testimonio y participación necesaria en lesiones leves.
Los hechos se remontan a la madrugada del 27 de marzo de 2023. Según consta en la investigación, Roberto Andrés Marchese protagonizó un accidente de tránsito en la intersección de la ruta nacional 38 y calle Italia, en la ciudad de Monteros. Tras el siniestro permaneció en el lugar, colaboró con el procedimiento policial y fue trasladado para exámenes médicos y toxicológicos.
Una vez en la dependencia policial, Marchese se encontraba afectado emocionalmente por el accidente y atravesaba un estado de shock que le dificultaba completar una muestra de orina requerida para los análisis. En ese contexto, los efectivos resolvieron privarlo de la libertad bajo la supuesta comisión de una contravención. La pesquisa determinó que esa acusación carecía de sustento real y fue elaborada para justificar una detención ilegal.
La sentencia sostiene que el oficial principal Martínez confeccionó un sumario contravencional con contenido ideológicamente falso. A su vez, el agente Barrionuevo aportó una declaración testimonial considerada falsa para respaldar esa versión. Ambos documentos indicaban que Marchese había sido arrestado en la vía pública por alterar el orden público y provocar disturbios, situación contradicha por las actuaciones derivadas del accidente vial.
La víctima fue alojada en un calabozo junto a otras 17 personas privadas de libertad. Durante su permanencia sufrió una violenta agresión física que le ocasionó diversas lesiones. Los informes médicos realizados inmediatamente después del accidente no registraban lesiones compatibles con una golpiza, pero horas más tarde se constataron hematomas, excoriaciones y otros golpes que evidenciaban una agresión física posterior. Para la Justicia, la actuación de los policías constituyó un elemento indispensable para que esas lesiones pudieran producirse, al haber posibilitado el alojamiento de la víctima en condiciones que derivaron en el ataque.
El juez Velázquez cuestionó el trámite inicial de la causa, recordando que el expediente había sido archivado pese a la existencia de elementos probatorios relevantes. También destacó la decisión del fiscal regional Miguel Ángel Varela de reabrir la investigación.
Como resultado del acuerdo, Martínez fue condenado a un año de prisión de ejecución condicional por los delitos de falsedad ideológica y participación necesaria en lesiones leves. Barrionuevo recibió una pena de seis meses de prisión condicional por falso testimonio y participación en las lesiones sufridas por la víctima. Ambos deberán cumplir reglas de conducta, indemnizar económicamente a Marchese y abstenerse de cualquier tipo de contacto con él.
