La Corte de Apelaciones de Estados Unidos desestimó el pedido de Burford Capital para revisar la sentencia que exonera al país del pago de 16.000 millones de dólares por la expropiación de YPF.
Este martes, la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos rechazó revisar el fallo del 27 de marzo pasado en el que se dio la razón al Estado argentino en el juicio por la expropiación de YPF. De esta forma, fracasó el planteo de Burford Capital, que solicitaba una revisión de la sentencia que determinó que la Argentina no debe pagar los 16.000 millones de dólares de reparación que el fondo había demandado.
El fallo a favor de Argentina sostuvo que, aunque la expropiación incumplió el estatuto de YPF, la ley aprobada por el Congreso de la Nación para enajenar las acciones posee un estatus jurídico superior. Según informó Clarín, desde la Procuración del Tesoro se indicó que “la decisión del tribunal constituye un nuevo respaldo a la solidez jurídica de la posición sostenida por la República Argentina durante el proceso de apelación y reafirma la sentencia favorable obtenida por nuestro país”.
Asimismo, se recalcó que “este resultado representa un nuevo hito para la defensa de los intereses del Estado Nacional y ratifica la importancia de sostener una política jurídica internacional basada en el rigor técnico, la coordinación institucional y la defensa soberana del interés público”.
Tras aquella sentencia, Burford podía solicitar que la Corte de segunda instancia revea su decisión mediante un recurso conocido como rehearing in banc, que fue rechazado este martes. Otra alternativa para Burford sería iniciar un litigio en el tribunal del Ciadi, un mecanismo de arbitraje dependiente del Banco Mundial.
El presidente de YPF, Horacio Marín, declaró que “esta decisión confirma lo ya decidido, evitando para nuestro país un pago de 16 mil millones de dólares más intereses. Para YPF es un capítulo muy relevante porque nos permite consolidar nuestro Plan 4×4, impulsar las exportaciones, proyectarnos hacia el 2031, y posicionar a la Argentina como un proveedor confiable de energía para el mundo”.
El 27 de marzo, la Corte de Apelaciones sostuvo que “las demandas por daños por incumplimiento de contrato contra la República no son reconocibles bajo los códigos civiles de Argentina ni bajo el derecho público que rige la expropiación, y en consecuencia revocamos la decisión del tribunal de distrito que otorgó sentencia a favor de los demandantes sobre esos reclamos”.
La jueza Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York, había concluido que el Estado argentino incumplió el estatuto de YPF durante la estatización de 2012 al no respetar los derechos de los accionistas minoritarios, entre ellos Petersen Energía, Petersen Inversora y Eton Park. En ese marco, dispuso que el país debía pagar una compensación, aunque liberó de responsabilidad a la petrolera. El tribunal consideró que la jueza interpretó de manera incorrecta la legislación argentina al fallar a favor de los ex accionistas.
