viernes, 28 febrero, 2025
InicioPolíticaLa Justicia ordenó a OSDE darles "un mejor plan" a sus afiliados...

La Justicia ordenó a OSDE darles «un mejor plan» a sus afiliados de mayor edad

Los usuarios afectados sostuvieron que sus aportes fueron derivados de manera unilateral a PAMI, tras presentar su jubilación. Los argumentos del juez

27/02/2025 – 17:30hs

Por orden de la Justicia, OSDE y ObSBA deberán brindar mejores planes de cobertura médica a sus afiliados de mayor edad. Así lo resolvió el juez Víctor Rodolfo Trionfetti, titular del Juzgado de 1.ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N.º 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la causa «D y T Contra Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y otros sobre amparo-salud-obras sociales», Exp. 60557/2024-0.

La acción de amparo fue presentada por «D y T», quienes exigieron mantener su plan de afiliación al Plan Binario 210 de OSDE, mediante los aportes de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, tal como sucedía antes de que se jubilaran.

OSDE deberá brindar un mejor plan a afiliados jubilados: el fallo de la Justicia

Asimismo, solicitaron que se declare inconstitucional el artículo 3º de la Ley N.º 3021 y su reglamentación, con el fin de que se les reconozca el derecho a elegir libremente su cobertura médico-asistencial.

El reclamo surgió luego de que, al jubilarse, inmediatamente se les diera de baja unilateralmente sus aportes, derivándolos a PAMI.

ObSBA fue la única en presentar su defensa, argumentando que los amparistas no solicitaron la continuidad como la norma vigente lo prevé. OSDE fue declarada en rebeldía, por no presentarse ante la Justicia.

El magistrado hizo lugar al pedido de «D y T», e instó a «disponer inmediatamente la inclusión de los actores, como afiliados de ObSBA, en el Plan Superador que se presta a través de la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE), con idéntica cobertura a la que poseían previo a que accedieran a su jubilación».

Además, dispuso que «la ObSBA derive los aportes que percibe de ANSES respecto de los actores, al pago del Plan Superador ObSBA/OSDE’, agregando que deben recibir ‘un trato equivalente al de los afiliados activos, para lo cual deberá implementar la metodología que corresponda».

Y concluyó que el acuerdo de colaboración entre ObSBa y OSDE introduce «una distinción tajante entre afiliados activos y afiliados que sean jubilados o pensionados, y demás personas que no se encuentren en la actividad laboral», por ello consideró que «se trata de una discriminación por razones etarias y económicas», y que «las personas humanas y su entorno, somos el principio y el fin del sistema jurídico».

Más Noticias