martes, 17 junio, 2025
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El regalo de la justicia al peronismo

Sin que sea del todo evidente, la sociedad moderna puede tratar la incertidumbre respecto al futuro a través del sistema del derecho. Con esto, no se debe comprender que el derecho asegure el futuro próximo de diversos procesos sociales o que los torne previsibles, sino que permite la constitución de una idea abstracta de tiempo próximo en términos de expectativa; en lo concreto, de expectativas de comportamiento. Así, a través del derecho, se establecería aquello que debería suceder de una manera esperable en las acciones, a pesar de dejar abierta la posibilidad para su decepción. Concretamente, el derecho no garantiza el cumplimiento de la ley, solo fija una actitud esperable, permitiendo diferenciar aquella actitud ajustada a esa expectativa, de aquella que no lo está. En términos sociológicos, esta arquitectura de procedimientos recibe la idea de función, y esta es, precisamente, la función única y esencial del derecho en la era moderna.

A través de esta idea, se puede profundizar en el por qué de la necesidad de esta función descripta en el tiempo actual, en especial, sobre las razones operativas que casi obligan o hacen necesaria esta prestación. El derecho moderno intenta dar respuesta a una complejidad social cuya multiplicación de procesos comunicacionales se hacen incontrolables; desde los más básicos en contextos inmediatos y casuales de interacción, hasta aquellos de mayor complejidad, como las decisiones de gobierno. Cada presente ofrece instancias de comunicación nueva, cuyos desenlaces son desconocidos o potencialmente exitosos o decepcionantes, porque pueden ir bien, o ir hacia el desastre. Sin embargo, el derecho establece condiciones esperables de comportamiento para momentos siempre diferentes y con independencia de los contextos, pero con un sentido idéntico y condensado más allá de cada circunstancia. Aunque ningún momento es igual a otro, el derecho permite la reutilización de sus expectativas siempre de manera renovada.

Estas ideas llevan a la evidencia del sentido en términos de tiempo. Cada acción social se ubica en un contexto social nuevo (siempre es con alguien), en un momento dado específico (siempre es en un tiempo presente único, pero en un tiempo identificable) y producto de algún tema (de algo se está hablando). Si bien el derecho intenta regular comportamientos en contextos renovados, lo mismo se busca en otros ámbitos, como en el sistema económico, aunque con semánticas alternativas. Se realiza una compra en un momento específico, en un contexto de interacción entre comprador y vendedor, y se acepta el precio del objeto del que se demuestra interés de compra. A diferencia del sistema del derecho, el sistema económico no regula un comportamiento ajustado o no ajustado a la norma, sino solo orientado al procesamiento de pagos; demostrando que la sociedad moderna puede ofrecer en simultáneo prestaciones de acción casi simultáneas, pero con expectativas totalmente alternativas. Quien vende un auto de alta gama no pregunta por los merecimientos morales del comprador, sino solo por su disponibilidad de recursos económicos; aunque luego mirando las noticias, indignado, puede enojarse de cómo la política es tan corrupta, mientras su comprador de auto traspasa en simultáneo el máximo de velocidad permitida en la autopista porque el diseño y el motor lo permiten. En un presente una cosa, y en otro, otra. Precisamente, los adoradores de Cristina Fernández de Kirchner deben poner en funcionamiento un recurso de similares características para seguir sosteniendo las expectativas a pesar de las decepciones. El proceso comunicacional que mayoritariamente se activa no es detectable a través de la semántica del derecho, sino de otro sistema: de la política. Mientras el derecho se pregunta por la dualidad “ajustado a derecho/no ajustado a derecho”, la política tiene un código binario alternativo en el que se orienta su atención al modo en que puede asignar todo a si se trató de una acción del “gobierno” o de la “oposición”. Si bien hay menciones sobre el tiempo procesal de la Corte o la extensión del fallo de solo 42 hojas, la lectura mayoritaria que se intenta imponer es la relativa a una persecución política producto de enemigos ocultos (y algunos visibles) que digitarían a través del derecho una acción más comprensible desde la política, que desde la aplicación de la norma. El vendedor de autos no quiere saber del origen de los fondos; el kirchnerista no quiere saber si las acusaciones son reales.

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Estos escenarios de multiplicidad obligan también a otras consideraciones especificas para el caso argentino. La celebración de la condena era especialmente identificable en todo espacio político no vinculado con el peronismo, y sin capacidad de expandir un estado reflexivo sobre ese partido. El fallo no parece producir, por lo menos en lo inmediato y de manera pública, la apertura a cuestionamientos vinculados al manejo de la administración del Estado en tiempos de sus gobiernos, sino a la sobrevivencia de esta mirada política sobre las acciones de la justicia. Si esto se consolida como lectura sostenida, el derecho no podrá con esto dejar una marca del tipo “antes y después” de este fallo en el camino institucional del país, sino solo como una escena más del derrotero de espectáculo de la denominada grieta. Precisamente, la exagerada preeminencia de la política en el ámbito local hace que el derecho no pueda regular expectativas de comportamiento futuro, tal como hemos indicado sobre su función, sino como un procesamiento sostenido en forma de apéndice de supuestos intereses siempre escondidos.

Algo de esto parece comprender mejor Milei. Sus comentarios alrededor de este caso han sido bastante más acotados que en otros episodios que activan sus impulsos comunicacionales intensos. Los ataques a Lali Espósito, sus festejos por la baja de inflación o sus llamados a unirse a él a las críticas de periodistas, han tenido un volumen de intensidad considerablemente mayor que sus comentarios a la condena a la ex presidenta. Su único posteo contenía el texto “Justicia. Fin.”. Su comentario desde Israel fue que se trataba del primer Presidente que no interfería en la justicia, haciendo regresar el tema desde donde el kirchnerismo lo había quitado: el sistema del derecho. Su novedad no solo es que no festeja abiertamente la condena, sino que prescinde de vincularse con la misma. En la unión de ambas actitudes se puede encontrar la real frontera en la política argentina; que no es el fallo, sino aquello que se aprovecha para hacer o no hacer con este fallo. El peronismo tiene la posibilidad de copiar la actitud del presidente, pero no puede hacerlo de inmediato, aunque como mencionamos, sí lo puede producir hacia delante, igual que el derecho, que ayuda a imaginar las acciones esperadas futuras, entre tantas otras posibles.

Acaba de fallecer Brian Wilson de los Beach Boys, y tal vez, más que nunca en muchos años, alguien en alguna Unidad Básica puede poner de fondo Good Vibrations. No es muy peronista la canción, pero su genialidad musical, y en especial su letra, que habla sobre recoger buenas vibraciones, puede por primera vez en décadas describir un panorama más alentador para alguna elección por venir. Con dejarla baja, y bailar sin que los demás los vean, por ahora es suficiente.

*Sociólogo.

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