viernes, 18 abril, 2025
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Casación anuló una sanción impuesta a un detenido que cursaba estudios universitarios en la cárcel de Devoto

La Cámara Federal de Casación Penal anuló este jueves una sanción sobre un detenido al que le encontraron un celular y un pendrive al volver a su pabellón en la cárcel de Devoto desde un centro universitario. El hombre es alumno regular de la carrera de abogacía y alegaba que los dispositivos tenían material de estudio. La decisión de la Sala II, con firma de los jueces Alejandro Slokar y Ángela Ledesma y la disidencia de Guillermo Yacobucci, llega en un contexto de fuertes tensiones entre los encarcelados y el Gobierno, que había buscado eliminar los centros de estudiantes en las cárceles, lo que generó una revuelta en la prisión de Devoto.

El hecho ocurrió el 5 de julio del año pasado, cuando le encontraron al detenido un celular, sin chip ni conexión a una red wifi, un cable y un pendrive en una bolsa. En ese entonces, el hombre había dicho que los utilizaba porque “conseguir material de estudio se hace muy complicado en este lugar”. Aun así, fue sancionado con nueve días de exclusión de la actividad en común. El interno está detenido por el delito de transporte de marihuana, y cumple una condena a cuatro años y once meses de prisión.

La defensa aseguró que el detenido siempre utilizó el dispositivo “para guardar material de estudio” con el objetivo de “su reinserción social”. También afirmaron que no tuvo la debida defensa en el proceso que terminó con su sanción, algo que fue remarcado por la jueza Ledesma. “La evaluación de estas cuestiones debe realizarse en el marco de un proceso respetuoso de las garantías constitucionales de la condenada, circunstancia que no se refleja en el caso”, consideró.

La cárcel de Devoto Ricardo Pristupluk

El detenido, además de estudiar abogacía, también aprobó cuatro materias del Ciclo Profesional Común con notas entre los 7 y 10 puntos, trece asignaturas de otra carrera del área de Ciencias Económicas y varios talleres del programa UBAXXII de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Los jueces remarcaron el derecho a la educación en las cárceles y Slokar mencionó puntualmente como, en contextos de encierro, este derecho “transmuta y adquiere una densidad aún más significativa, al manifestarse como el derecho básico a aprender”. Allí, mencionó que esto “impone al Estado la ineludible responsabilidad de desplegar todas sus voluntades, estructuras y recursos con el fin de asegurar que el saber logre franquear los muros materiales -y aún simbólicos- como los de un establecimiento carcelario”.

“Y la realización efectiva de este derecho puede encontrarse condicionada desde la posibilidad del detenido para el acceso a la formación, a la bibliografía y a la discusión académica, en un ámbito que no siempre podrá lograrse en los sectores de alojamiento”, agregó.

El juez de la Cámara Federal de Casación Penal Alejandro Slokar

Slokar sostuvo que la administración no consideró que tanto el celular como el pendrive se usaban para el estudio, sino que “se limitó a hacer uso de su poder disciplinario sin observar las formas del debido proceso y en rechazo de la perspectiva contextual sobre la finalidad de reinserción social”.

El juez remarcó que la inserción educativa de nivel superior en el Complejo Penitenciario Federal porteño cumple 40 años y tuvo grandes resultados: “En las transitadas cuatro décadas democráticas, más de 3500 alumnos han desarrollado estudios en las cárceles dictados por la Universidad de Buenos Aires, se extendieron más de 150 títulos de grado y cientos de certificados técnicos de especialización, junto a los otorgados a los innumerables estudiantes que finalizaron su formación en establecimientos académicos de la UBA bajo el régimen de libertad o después de haber agotado la pena”.

También citó la siguiente frase del papa Francisco: “Es más fácil reprimir que educar, y yo diría, es más cómodo también”.

La tensión con el Gobierno y Patricia Bullrich

La condena se relaciona con un contexto problemático que prevalece en la cárcel de Devoto. Es que a fines de marzo, el Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, publicó la resolución 372/2025 en el Boletín Oficial, donde prohibía el funcionamiento de centros de estudiantes en establecimientos penales federales. Allí, argumentaban que los presos asistían para realizar tareas relacionadas con los centros y que muchas veces se quedaban en los mismos incluso fuera del horario en el que debían cursar materias.

Para la cartera, esto impedía que hagan actividades destinadas a la reinserción social y dieron los ejemplos de “tareas de mantenimiento de los espacios propios y comunes obligatorios para todos los internos”.

En ese entonces, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y la Defensoría General de la Nación presentaron un habeas corpus donde aseguraban que la resolución empeoraba las condiciones de detención y limitaba el derecho a la educación.

La decisión del Gobierno generó una revuelta en la cárcel de Devoto, donde se quemaron trapos y basura, pero no hubo heridos. Afuera de sus celdas, en la fachada de la prisión, pusieron carteles que decían: “Tenemos derecho a la educación”, “la universidad es de todos”.

Aunque el habeas corpus fue rechazado por el juez Sebastián Ramos, finalmente el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°16 ordenó que los centros de estudiantes continúen abiertos y que los alumnos puedan asistir a los mismos “el tiempo que sea necesario”. El límite de tiempo será definido entre el Servicio Penitenciario Federal (SPF) y la UBA. El juzgado sostuvo que los centros de estudiantes no impiden la reinserción social, sino que funcionan como un mecanismo de soporte.

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