Italia implementó la Circular N° 43347, que introdujo una nueva interpretación sobre la ciudadanía de los descendientes de italianos.
Tener la ciudadanía italiana es un sueño compartido por miles de argentinos, especialmente aquellos con ascendencia europea que desean acceder a los beneficios de la Unión Europea. Sin embargo, un reciente cambio en las normativas italianas complicó el camino para muchos, dejando a varios en un laberinto legal sin salida.
El 3 de octubre, Italia implementó la Circular N° 43347, que introdujo una nueva interpretación sobre la ciudadanía de los descendientes de italianos. La modificación afecta principalmente a aquellos que buscan obtener la ciudadanía italiana por «reconstrucción» —es decir, a los que tienen ascendencia italiana lejana.
A partir de esta normativa, si el ancestro italiano que emigró a Argentina se naturalizó antes de que sus hijos alcanzaran la mayoría de edad, esos descendientes pierden el derecho a la ciudadanía italiana, a menos que hayan solicitado el trámite antes de los 22 años.
Este cambio impacta principalmente a los hijos de italianos que se naturalizaron argentinos, quienes ahora pueden verse excluidos del proceso, incluso si ya habían comenzado su solicitud.
Previo a esta modificación, la normativa permitía que los descendientes de italianos pudieran reclamar su ciudadanía, siempre y cuando el padre o la madre se hubiera naturalizado después del nacimiento del hijo. Ahora, la situación es más restrictiva: solo se reconoce la ciudadanía italiana si la naturalización del ancestro ocurrió después de que los descendientes alcanzaron la mayoría de edad.
¿Qué pasa con los trámites en curso?
Para los argentinos que ya habían iniciado su trámite de ciudadanía, la incertidumbre es enorme. Aunque se trata de una circular interna y no una nueva ley, su aplicación afecta a todos los consulados italianos del mundo. Es así que tras oficializarse este anuncio, los trámites de «reconstrucción» de ciudadanía podrían verse invalidados si el ancestro italiano se naturalizó antes de que el hijo cumpliera los 18 años.
¿Qué opciones quedan para quienes quieren obtener la ciudadanía?
El camino para obtener la ciudadanía italiana sigue siendo posible, pero ahora más complicado. Para aquellos que aún desean iniciar el trámite, se debe contar con un ancestro italiano y reunir una serie de documentos como actas de nacimiento, matrimonio y defunción, los cuales deben ser legalizados y traducidos al italiano.
Aunque el proceso sigue siendo largo y burocrático, este cambio deja a muchos en un punto de inflexión, con la esperanza de que nuevas medidas o incluso impugnaciones judiciales puedan revertir esta disposición.
Si bien no es una ley, la circular ya tiene efecto y puede dejar afuera a muchos de los que ya estaban en proceso. Aunque el camino sigue abierto, las expectativas se ven reducidas, y la incertidumbre es la nueva compañera de los trámites. /Página 12