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Con la eliminación del impuesto ITI, desde el martes comprar una propiedad será más barato

Como parte de las modificaciones de la Ley Bases, dejará de regir el impuesto a la Transferencia de Inmuebles. Cuánto se ahorra con esta medida

09/07/2024 – 09:25hs

A partir de este martes, comprar una propiedad será un poco más barato: punto final al ITI

Este lunes 8 de julio, se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 27.743, que deroga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de personas humanas y sucesiones indivisas (ITI). Esta medida está incluida, como muchas otras, en la Ley Bases.

El Impuesto a la Transferencia de Inmuebles es un gravamen que se aplica sobre las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles ubicados en el país. Es decir, un impuesto a la venta, permuta, cambio, dación de pago de un inmueble propio (por cualquier porcentaje) por el cual obtenga un beneficio.

Punto final al impuesto ITI para la transferencia de inmuebles

Como parte de las modificaciones que lleva adelante la Ley Bases, se decidió que hoy deja de regir el impuesto ITI, que pagaban los propietarios al vender un inmueble y equivalía al 1,5% del precio de venta.

El impuesto ITI rige desde 1991 bajo la Ley 23.905. Con este impuesto, una propiedad de u$s150.000, representa un valor de u$s2.250.

La Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatales, entre otras medidas. Se publicó hoy en el Boletín oficial, lo que ya la habilita a entrar en vigencia.

La Ley N° 27.743 deroga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles

Una persona que compró una propiedad antes del 2018 y ahora decide venderla no deberá pagar el ITI del 1,5% sobre el valor de venta. Si la operación se hubiera hecho la semana pasada si habría estado alcanzada.

Un comunicado del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires indicó que «la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata». «Con la publicación de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes o paquete fiscal en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas».

Además, el comunicado aclara que «NO hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso».

«La derogación del ITI es total y, por ende, también desaparece la consulta de residentes del exterior, ya que las normas en vigor no la contemplan. Esta norma simplifica el sistema tributario para las transmisiones onerosas de inmuebles, de las que solo quedan vigentes tres encuadres posibles».

Ley 27.743: medidas fiscales paliativas y relevantes

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A partir de este martes, comprar una propiedad será un poco más barato: punto final al ITI

Además de eliminar la transferencia de inmuebles, el texto promulgado restituye los artículos sobre Impuesto a las Ganancias por lo cual pasarán a tributar el impuesto trabajadores solteros a partir de 1,8 millones de pesos y casados con hijos desde los 2,3 millones.

Por otro lado, aprueba una modificación sobre el régimen de Bienes personales con un aumento a 100 millones de pesos el piso a partir del cual una persona se encontraría alcanzada por el tributo y se modifican las alícuotas progresivas que van del 0,5% al 1,5%. Además, se eliminan las diferencias entre bienes locales y bienes del exterior.

El título sobre bienes personales incluye, asimismo, la creación de un «Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales» (REIBP) por medio del cual los contribuyentes que opten por este régimen estarán excluidos de toda obligación referida a este impuesto o cualquier otro impuesto nacional que se aplique sobre el patrimonio y que pudiera crearse para los períodos fiscales entre 2023 y 2027.

Respecto al monotributo se incrementan los límites hasta los cuales se puede pagar y se realiza un acomodamiento en las alícuotas.

Por otro lado, se aprueba el blanqueo o régimen de regularización de bienes, incluyendo criptoactivos y otros bienes susceptibles de valor económico no declarados.

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